sábado, 22 de junio de 2013

Licitacion de Seguros

De acuerdo a la nueva normativa vigente, de un tiempo a la fecha las instituciones que entregan financiamiento hipotecario están obligadas a licitar los seguros asociados a la toma de un crédito, esta licitación lo que busca es terminar con el cruce de productos que se realizaban algunas instituciones, ya podían entregar una tasa de interés atractivas, lo que era bastante encandilador a los ojos de su futuro cliente, pero al final uno se daba cuenta que todo el beneficio de la tasa se perdía con los elevados seguros asociados, los que curiosamente eran de otra empresa generalmente asociada a la misma institución que estaba financiando el crédito. Ahora que las instituciones están obligadas a licitar, estas mismas corredoras de seguros internas de la misma empresa ahora deben competir con otros actores, esta competencia sana permite que de acuerdo a las bases de la licitaron todos los oferentes cumplan con lo solicitado, y al ver las propuestas el Banco o Mutuaria esta obligado a elegir la empresa que entregue la propuestas mas económica, esto a permitido al día de hoy que la cartera vigente sufra una baja no menor en el dividendo final, deben tomar en cuenta que los seguros asociados puedes representan entre el 5% al 8% del valor del dividendo final. ¿Porque los seguros que contrato en el crédito hipotecario no salen en la escritura? Esto se debe a que como el cliente tiene la posibilitad de contratar los seguros en cualquier otra institución, si tal como lo lee, usted no esta obligado a contratar los seguros de la institución que lo esta financiando, si esta obligado a estar protegido con los seguros, ahora lamentablemente hoy en día a pesar de que tiene el derecho de contratarlos por fuera no existe mucho mercado para elegir y uno termina contratando los que vienen por defecto en el crédito que esta gestionando. Ademas el hecho de que al contratarlos por fuera, lo obliga a tener que renovarlo de manera anual, esto debido a que esa es la vigencia de las pólizas y se le olvida o no alcanza a renovarlos la insitucion tiene la obligación de darle cobertura con los seguros que tenga vigente en ese momento, tome en cuenta que por ley el deudor no puede quedar sin cobertura, ya sea que la contrate de manera particular o que se los otorgue la institución que lo esta financiando

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